Foro seguro de hogar: Daños por agua a un familiar
- jul 08, 2015
Isaac M.
Hola, tengo una vivienda de mi propiedad asegurada en la Cía Mapfre y en estas fiestas tuve una rotura de una tubería de agua del cuarto de baño, filtrándose el agua a la vivienda inferior, propiedad de mi hermano, causándole daños en el techo del baño y pasillo.
Al dar el parte de siniestro me comunican en la Cía que atenderían mis daños, pero no los daños por agua a un familiar al no tener consideración de “tercero” según el Condicionado General de la Póliza.
¿Tienen razón?
Gracias
Moderador, Sergio Sanguino
Estimado Isaac,
Efectivamente en las Condiciones Generales de la póliza se indica que “tercero es cualquier persona física o jurídica distinta del Asegurado o Tomador del seguro”, pero no se consideran terceros “las personas que convivan con el tomador ni los familiares hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad de éste o del asegurado”.
Es decir, que su hermano no sería considerado tercero en cuanto a los efectos de la póliza, pero el Condicionado establece una excepción, los siniestros de Responsabilidad Civil, en los que sí se consideran terceros los familiares antes mencionados cuando el siniestro se derive de Incendio o daños por agua y el daño se produzca a viviendas colindantes cuyo propietario o inquilino sea tal familiar.
Por tanto debe ponerse en contacto con Mapfre e indicar a la persona encargada del siniestro lo indicado anteriormente.
Un cordial saludo.