Pregunta al Administrador de Fincas: deuda del anterior propietario
- ene 11, 2016
Buenos días, recientemente mi Comunidad me reclama una deuda que corresponde a una cuota anterior a cuando yo compré, es decir que es una cuota dejada de pagar por el propietario anterior. No entiendo por qué me reclaman a mí si en la fecha de la deuda yo no era el propietario, ¿no sería más lógico que se dirigieran contra el anterior propietario que me vendió la vivienda?
Marta R.
Administrador: Juan L.
Debo decirle que aunque no le parezca lógico, lo cierto y verdad es que su vivienda está afecta a esa deuda, y por tanto es usted el que estará obligado a pagar esta cuantía tal y como establece el artículo 9 e) de la Ley de Propiedad Horizontal, con el límite de la cuantía que resulte imputable a la parte vencida de la anualidad en la que tenga lugar dicha adquisición y a los tres años anteriores, por lo que estará obligado a su pago siempre que dicha deuda esté dentro de estos límites.