Pregunta al Administrador de Fincas: Wifi comunitaria
- nov 08, 2016
Buenas tardes. En mi comunidad se quiere instalar una red wi-fi comunitaria, pero existen vecinos que no quieren esta instalación. Me gustaría saber que quórum se necesita para llevar a cabo esta instalación y si el coste únicamente se repartiría entre los que sí estamos de acuerdo con esta instalación. Gracias.
Nereida G.
Administrador: Juan López
Conforme al art. 17.2 Ley de Propiedad Horizontal, la instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación regulados en el Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.
Eso sí, la comunidad no podrá repercutir el coste de la instalación o adaptación de dichas infraestructuras comunes, ni los derivados de su conservación y mantenimiento posterior, sobre aquellos propietarios que no hubieran votado expresamente en la Junta a favor del acuerdo. No obstante, si con posterioridad solicitasen el acceso a dicha red para su uso, podrá autorizárseles siempre que abonen el importe que les hubiera correspondido, debidamente actualizado, aplicando el correspondiente interés legal.
Por ello, tanto la instalación de la red wi-fi en la comunidad como su coste de mantenimiento será sufragado exclusivamente entre los propietarios que hayan votado a favor del mismo, y no los que no hayan manifestado su disidencia o no hayan votado.