Pregunte al Administrador: Cuenta el moroso en el quorum exigido?
- abr 22, 2015
¿Cuenta el voto del vecino moroso para integrar el quórum exigido para adopción de acuerdos?
Luis Enrique
Administrador: Juan López
Los vecinos que no se encuentren al corriente de pago de las cuotas de la Comunidad de Propietarios y no hubiesen impugnado judicialmente las mismas o procedido a la consignación judicial o notarial de la cuantía adeudada, no tienen derecho a voto para la toma de decisiones en las Juntas de Propietarios.
Sin embargo, la privación del derecho a voto del vecino moroso no impide que éste pueda asistir a la Junta y opinar sobre los asuntos.