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En mi Comunidad hay una vivienda que actualmente se encuentra embargada tras haber dejado de pagar las cuotas comunitarias. Sin embargo, también se está siguiendo en la actualidad ejecución hipotecaria sobre la vivienda, ya que tampoco paga su hipoteca. Si el inmueble ya está embargado, ¿Quién tiene preferencia para el cobro?
Aurelio P.
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Administrador: Juan López
En este caso, nos encontramos ante una concurrencia de créditos, que viene a ser solucionada por el art. 1921 y siguientes del Código Civil, así como por el art. 9.1 de la LPH, donde se ordenan los créditos que pudieran recaer sobre un concreto bien inmueble, de tal manera que si una deuda por gastos comunes concurre con otras de distinta naturaleza sobre un piso o local, la deuda generada a la comunidad se constituye como privilegiada y posibilita que se satisfaga de forma preferente, al de, en este caso, el crédito hipotecario.
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One of the houses in my community got an embargo due to non payments of community fees. However, the bank is also taking over the house for non payments of the mortgage. Who will be the first entitled to take over the house as payment of the debt?
Aurelio P.
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Administrator: Juan López
This is an example of coincidence of credits which is sorted by art.. 1921 and followings, of Civil Code, and also art. 9.1 of the HPL, which states that the community is the priority before the bank, so the community will be the first in the list.