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Recientemente, el Presidente de mi Comunidad ha propuesto pintar la escalera y portal de entrada de mi edificio, suponiendo ello un desembolso extraordinario de cada vecino de alrededor de 700 euros. Esto me parece del todo excesivo, más teniendo en cuenta que dicha pintura considero que no es necesaria. ¿pueden obligarme a pagar esta cuantía en caso de que sea aprobada esta reforma?
Lorenzo P.
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Administrador: Juan López
En caso de que esta pintura, como usted dice, no sea necesaria para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del edificio, se trataría de una “mejora no necesaria” y como tal, no le podrán obligar el resto de vecinos a su pago, si este coste del que habla de 700 euros, supera tres mensualidades de cuotas que usted tiene que pagar, y ello sin que se le puede privar del beneficio de esta mejora, como es la pintura de la escalera y portal, por estar expresamente previsto de tal manera en el artículo 17.4 de la Ley de Propiedad Horizontal.
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Recently, the President has suggested to have the hall and staircase of the block painted. This work have to be done with an extar payment from each owner of 700€. I donot believe that the building needs to be painted. Can the community oblige me to pay if I do not agree?
Lorenzo P.
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Administrador: Juan López
If the painting is not due need of maintenance, habitability, security and Access to the building, this is listed like “unnecessary improvement” Such expenditure may not be for you higher than three monthly fees. Otherwise, teh community cannot oblige you. Art. 17.4 HPL