Buenas tardes. Soy Presidente de una Comunidad de propietarios y me gustaría saber cuál es la mejor manera de rectificar errores cometidos en Actas, pues a veces se tachan errores cometidos y se apuntan las salvedades que haya más abajo pero no estoy seguro de que esto esté hecho correctamente. Gracias.
Pancho M.
Administrador: Juan López
Para hacer correcciones en las Actas, debe tener en cuenta las siguientes pautas:
- siempre debe quedar constancia del error que se corrige. No debe tachar ni borrar con corrector y escribir encima, porque sería como autorizar manipulaciones.
- La mejor forma para hacer estas correcciones es incluyendo al final de la misma una diligencia de rectificación, en la que se explica el error y la corrección, o se indica que en la línea … del folio …, donde dice “………….” debe decir “……….”, firmada por el Secretario con el visto bueno del Presidente.
- Si el Acta se ha enviado a los propietarios con el error, habría que hacer una subsanación del acta, conforme a lo establecido en el art. 19.3 LPH, para lo que deberá ratificarse al comienzo de la siguiente Junta de propietarios dicha subsanación, incorporándola como diligencia de subsanación en el libro, al final del acta subsanada, y haciendo constar esta ratificación en el acta de la Junta posterior.